Pasar al contenido principal

 

Se desarrollarán las siguientes modalidades de cooperación: Registro recíproco de todos los productos farmacéuticos nacionales en cada parte (la exportación o importación de los productos farmacéuticos se realizará mediante el permiso por escrito de las autoridades pertinentes de ambas partes); intercambio mutuo de información actualizada sobre regulaciones vigentes para el registro e importación de medicamentos en los territorios, intercambio de regulaciones legales y las guías de seguridad y eficacia acerca de los productos registrados ; intercambio de información sobre reacciones adversas graves a medicamentos (RAM), debido a los aspectos de calidad y seguridad de los productos farmacéuticos ; apoyo a la implementación de la producción conjunta de medicamentos , ingredientes farmacéuticos activos (IFA), productos y vacunas de biotecnología y nanotecnología; apoyo a la transferencia de tecnología de medicamentos innovadores y productos farmacéuticos dentro del marco acordado entre los sectores privados; colaboración en programas educativos y su desarrollo para satisfacer las necesidades educativas del personal que capacitan; acompañamiento regulatorio a  los ensayos clínicos conjuntos para nuevos productos farmacéuticos acordados entre ambos países.

 

 

 

País
Irán
Institución
Dirección de Alimentos y Medicamentos de Irán
Fecha