Todos los trámites descritos concluyen con la emisión de un Certificado o de una Notificación. La vigencia de los Certificados se muestra en la siguiente tabla:
Tipo de certificado | Vigencia |
---|---|
Inscripción | Hasta 2 años |
Registro | Hasta 5 años |
Prórroga | Hasta 5 años |
Autorización Especial | Hasta 2 años |
Autorización de Uso | Hasta 2 años |
Los certificados solamente pueden ser utilizados por el solicitante del mismo. En caso de que un suministrador desee introducir en Cuba un equipo o dispositivo registrado por otro suministrador, debe realizar nuevos trámites de inscripción y registro.